Aprueba Senado iniciativa de Claudia Anaya para fortalecer medidas de protección a víctimas de violencia
Senado de la República (23 de febrero de 2020).- Con el objetivo de fortalecer las medidas de protección para niñas, adolescentes y mujeres, cuya vida o integridad se encuentre en riesgo, el Pleno del Senado de la República avaló la iniciativa propuesta por la Senadora Claudia Anaya Mota para reformar la Ley General de Acceso a una Vida Libre de Violencia.
El dictamen aprobado, destaca que las autoridades que otorgarán las órdenes de protección, deberán distinguir entre víctimas directas e indirectas y reducir el tiempo en que deberán expedirse estos mecanismos, una vez que se tiene conocimiento de los hechos.
La reforma subraya que las órdenes de protección son acciones precautorias y cautelares, de urgente aplicación, para proteger a personas que han sido violentadas de alguna manera o que su integridad física o emocional se encuentra en riesgo.
Dichas órdenes deberán brindarse de manera inmediata, en un plazo no mayor de cuatro horas a petición de parte o de oficio, a través del Ministerio Público, Órganos Jurisdiccionales competentes o autoridades administrativas.
Las medidas de protección tendrán una duración de 60 días y se podrán ampliar hasta 30 días más y previamente al concluir o suspender la orden de protección, las autoridades correspondientes deberán asegurar que ya no existen condiciones de riesgo para las niñas, adolescentes o mujeres.
Además, la autoridad deberá proporcionar toda la información sobre este mecanismo de protección a las solicitantes, y se deberá hacer una valoración de riesgo tanto médica como psicológica si así se requiere y se prohíbe solicitar a niñas, mujeres o a sus familias, la acreditación de su situación migratoria, ni cualquier otro requisito que impida su ejecución.
Es importante resaltar que los alcances de las órdenes de protección implican la custodia de la persona o su domicilio, brindar refugios temporales seguros y dignos, tanto para las mujeres y niñas violentadas como a sus familiares o dependientes.
Igualmente, se consideran apoyos económicos a las víctimas para transporte, alimentos, comunicación, mudanza, trámites oficiales, entre otras medidas auxiliares, así como recursos para la cobertura de los gastos mientras se encuentre imposibilitada para obtenerlos de forma autónoma.
En el caso de que hubiere violencia o agresión sexual, las víctimas serán canalizadas a instituciones de salud para que, de manera gratuita, le sean proporcionados antirretrovirales, anticuerpos de emergencia, interrupción legal y voluntaria del embarazo.
El dictamen aprobado fue enviado al Poder Ejecutivo para su publicación en el Diario Oficial de la Federación y entre en vigor.