Se Prohibirá La Venta De Bebidas Alcohólicas Durante La Jornada Electoral
· Así lo marcan el artículo 52 de la Ley Sobre Bebidas Alcohólicas para el Estado de Zacatecas y del 238 de la Ley Electoral del Estado de Zacatecas
Zacatecas, Zacatecas.- Tal y como se establece en el artículo 52 de la Ley Sobre Bebidas Alcohólicas para el Estado de Zacatecas (LSBAEZ) y en el 238 de la Ley Electoral del Estado de Zacatecas (LEEZ), durante la realización de la jornada electoral de este 6 de junio, los establecimientos cuyo giro primordial sea la venta de estas bebidas, sin importar su graduación, deberán permanecer cerrados.
Además, los establecimientos cuyo giro sea la prestación de servicios comerciales, gastronómicos o de hospedaje, deberán de suspender la venta de bebidas embriagantes, sin embargo, sí podrán permanecer abiertos
Desde el año 2017, mediante decreto publicado en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado, se reformó la LSBAEZ en su artículo 12 Ter que textualmente señala: el Poder Ejecutivo del Estado podrá celebrar, convenio de colaboración, para llevar a cabo las facultades de inspección, verificación, vigilancia y sanción a que se refiere esta ley, cuando los ayuntamientos cuenten con la infraestructura y recursos necesarios para llevar a cabo tales funciones.
Por lo cual, desde el 2018, el Gobierno del Estado celebró convenios de colaboración en materia administrativa de alcoholes con los diferentes ayuntamientos, para distribuir (transferir) la competencia en materia de verificación, vigilancia e imposición de sanciones que deriven del incumplimiento a la ley, por lo que serán los municipios los encargados de la inspección.