ColumnasDr. Guadalupe Estrada R.

Vecinos muy distantes.

Por: Dr. José Guadalupe Estrada Rodríguez

En el libro “Vecinos Distantes”, Alan Riding pone de manifiesto las enormes diferencias y el profundo abismo, infranqueable, que nos separan de nuestros colindantes del Norte. Allí se puntualizan las discrepancias culturales, expresadas en aspectos en la forma de pensar, actuar y sentir de ambas naciones. Cuando uno termina de leer este texto, nos quedamos con la sensación de que vivimos en universos diferentes, y sin embargo, estamos al lado, físicamente hablando, coexistiendo sin revolvernos, como el agua y el aceite.

Estas discrepancias existenciales quedaron al descubierto de manera muy explícita por las diversas expectativas que llegaron a formarse en torno al argüende judicial del momento: la condena de culpabilidad unánime en una corte de los Estados Unidos a un ex jefe de la policía federal mexicana por cargos de narcotráfico y otras linduras similares y conexas.

Por estos lares, varios comentócratas llegaron a considerar la seria posibilidad de que el ahora reo fuera declarado inocente, pues, se razonaba, no existían pruebas “físicas” sólidas en su contra, más allá de los testimonios inconducentes y hasta contradictorios, dijeron, de varios delincuentes, iguales en calaña al ahora sentenciado, los cuales comparecieron en su calidad de testigos protegidos por la justicia norteamericana, y quienes no merecían credibilidad, pues su intención era obtener beneficios penitenciarios por sus amañadas y probablemente falsas deposiciones.

Lo que no tuvieron en cuenta esos predicadores de ilusorias esperanzas, desinformados, son esos inmensos precipicios ontológicos a que nos estamos refiriendo, porque, por ejemplo, en el sistema judicial de aquél país, los testimonios, que se rinden bajo juramento, y cuya falsedad o tergiversación es durísimamente castigado, tienen la validez de casi una prueba plena, como si se exhibiera un video, una fotografía, un estado de cuenta bancaria o cualquier otra evidencia material, pues la verdad verdadera en la cultura anglosajona es un valor altamente respetado, a grado tal que una ofensa mayor es la de decirle a alguien “liar” (mentiroso), y por esta razón, los dichos de los testigos aportados por la fiscalía, siendo casi todos ellos coincidentes en lo fundamental en imputar hechos al procesado, sirvieron como base sólida para la condena que se produjo.

Recuerdo vivamente que en nuestros años de “chícharos” de un despacho de abogados de la capital, afuera de donde se ubicaban los juzgados civiles en Zacatecas, desde muy temprano se paraban cuatro o cinco sujetos que se “alquilaban” como testigos en diversos procedimientos judiciales, generalmente sin conflicto, como lo era el de acreditar la exclusividad en la calidad de heredero, concubino (a), o bien, la posesión de ciertos inmuebles u otras encomiendas similares. Todo esto con conocimiento y aceptación de toda la comunidad de litigantes y jueces, últimos estos que nunca cuestionaban la comparecencia casi cotidiana de los mencionados en sus oficinas. Algo similar sería absolutamente impensable en el sistema del Common Law.

Otro aspecto que no se consideró debidamente es que, los miembros de los jurados son finalmente gente común y corriente, de a pie, que es llamada sin su voluntad plena a juzgar a un delincuente, y quiérase que no, están influenciados por los medios de comunicación, las noticias, la propaganda anti mexicana, las series de Netflix (véase Narcos México), y la percepción, ganada a pulso, que se ha creado de los vecinos incómodos del sur, donde se nos dibuja a todos, sin excepción, como potenciales narcotraficantes, embusteros y corruptos, aparte de holgazanes y acomodaticios, etcétera.

Por ello, nada de sorpresivo en el sentido del fallo en cuestión, lo que nos reitera la circunstancia de que pareciera que ambos países van en barcos diferentes y en tempestades encontradas.

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