Dr. Guadalupe Estrada R.

Ejemplos de Entuertos Tributarios.

Por: Dr. José Guadalupe Estrada Rodríguez.

En la semana pasada prometimos dar unos pocos ejemplos, de los cientos que hay, sobre las injusticias contenidas en leyes fiscales, es decir, aquéllas disposiciones legales que nos obligan a pagar impuestos en demasía, ruinosos y a todas luces indebidos, causando con ello un daño al patrimonio de todos los contribuyentes y, de paso, impidiendo que las personas, las familias y las empresas tengan recursos para invertir las ganancias o los ingresos que deberían tener, con lo que se crea un círculo vicioso en materia de crecimiento económico, pues en vez de propiciar el bienestar financiero a la larga de toda la sociedad, lo único que se logra es menos inversión, menos empleo, más pobreza, etcétera. La historia ya la conoce y vive.

Para empezar, tenemos la regulación progresiva de las tasas del Impuesto Sobre la Renta (ISR) para personas físicas. En nuestro país, teniendo un ingreso o ganancia netos de un millón de pesos en adelante, aproximadamente, hay que pagar una tasa del 35 % al fisco. Si fuésemos contribuyentes en nuestro vecino del norte, Estados Unidos, para pagar esa tasa máxima hay que llegar a ganar un millón, pero de dólares. Es decir, en términos simples significa que aquí pagamos veinte veces más a Hacienda (aunque esto no sea exacto desde el punto de vista finaciero, explica vívidamente la desproporción de contribuciones que aquí pagamos).

Si a esto se agrega que usted es profesionista, prestador de servicios independientes, es decir, está en el régimen de personas físicas con actividades empresariales, hay que sumarle a ello pagar el 16 % por concepto de Impuesto al Valor Agregado (IVA). Ya sé que los famosísimos y bien cuadrados contadores dirán que ese dieciséis por ciento no es del profesionista, sino de fisco. Mentira vil desde el punto de vista financiero y económico, pues hasta lo que sé, en ningún país del mundo se causa IVA por la prestación de servicios profesionales, siendo que este impuesto se establece al consumo de mercancías, y no de servicios, y además, quien sufre para cobarlo y enterarlo es el prestador de servicios y no el fisco por lo que, al final del camino, y en ejemplos reales, de gente vivita y coleando, una persona física con actividad empresarial termina abonando como contribuciones alredededor del 46 % de sus ingresos o ganancias netas. Nadie, pero nadie, aguanta esto. Era mejor vivir en la Edad Media, donde sólo se cobraba el famoso diezmo (10 %), y no es broma.

Otro entuerto fiscal: Si usted solicita un préstamo con garantía hipotecaria, es decir, se va a embarcar porque no tiene o necesita dinero para lo que sea, en la mayoría de las legislaciones de los Estados del país, cuando va a registrar esa hiptoeca al Registro Público, allí le cobran un porcentaje sobre el monto del préstamo (que varía en cada Entidad) ¡por registrar ese gravámen!, es decir, joden al que ya está jodido, pues los impuestos se deben cobrar a quien demuestre un beneficio, o ganancia o ingreso económico (capacidad tributaria, le dicen). Cuando alguien pide dinero prestado es al contrario, esa persona necesita recursos, por lo que castigarlo además con contribuciones es a todas luces injusto, arbitrario, desproporcional e inequitativo, por decir lo menos.

Y de estos ejemplos, cientos. Por eso estamos como estamos.

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