Penalizar la vacunación
Por: Dr. José G. Estrada
No me sorprendió lo que leí la semana pasada en varios periódicos nacionales y que se relaciona con una iniciativa de ley para reformar el Código Penal Federal y crear nuevos delitos, criminalizando de manera específica el robo de vacunas, los abusos en los turnos para la aplicación del fármaco contra el Covid-19 y endurecer las sanciones a quienes especulen con los precios de los medicamentos en insumos médicos, entre los que se destacaron, los tanques de oxígeno. Se propone, entonces, imponer penas privativas de la libertad y cuantiosas sanciones económicas a las personas “…que se salten la lista para ser vacunados contra el Covid-19; desvíen vacunas para sí mismos o para familiares y amistades; incrementen de manera abusiva los precios de los fármacos e insumos médicos como el oxígeno medicinal y otros que se requieren para la atención de la actual pandemia; o bien a quienes roben una o más dosis de vacunas que sean propiedad de las instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud, y estén incluidas en el Programa de Vacunación Universal o que sean destinadas a acciones extraordinarias de inoculación, como en el caso de la pandemia por SARS-CoV-2”. Los autores de esta iniciativa de reforma legal proponen hasta diez años de prisión y multas de hasta mil veces la unidad de medida y actualización, algo así como ochenta y nueve mil seiscientos veinte pesos a valor actual, a quienes realicen alguna de las conductas que detallaron y, claro, si existiera concurso de delitos, es decir, que alguna persona realizara alguno de los hechos descritos, habría que acumular penas aplicando las reglas especiales para tales supuestos.
Siempre que uno se entera de este tipo de imbecilidades jurídicas se hace necesario hacer una pausa en la lectura, volver a leer una y otra vez para quedar convencido de que lo que se está planteando es verdad y no una broma producto también de las subnormales conexiones neuronales de quien o quienes esto plantean.
Bien sabemos que el Derecho regula la conducta humana a través de varios y diversos mecanismos. Uno de ellos consiste en desalentar acciones a través del castigo: amonestaciones, multas, decomiso de bienes, cobro de intereses, restricciones personales, garantías para no dañar a alguien, cárcel y hasta la privación de la vida. En este contexto, el Derecho Penal es la rama más extrema, pues las sanciones que contempla son de especial trascendencia, y siempre lo asociamos con la cárcel. Sin embargo, este tipo de castigos deben contemplarse solamente para actuaciones de plano dañinas a otras personas o a la sociedad, como por ejemplo: homicidio, violación, robo, terrorismo, trata de personas, etcétera, y deben emplearse única y exclusivamente cuando ya no se pueda enderezar la colectividad de otra manera,
pues se deben proteger los bienes jurídicos más importantes frente a los ataques más graves, buscando siempre la mínima intervención en los derechos de las personas por la severidad de las penas que se contemplan.
El establecer que se puede castigar a alguien con hasta diez años de prisión por el robo de una vacuna, o bien, por utilizar relaciones personales para buscar vacunarse a la brevedad para intentar poner un escudo protector en contra de la catástrofe de salud que estamos viviendo, es un despropósito legal que evidentemente nada va a solucionar y si va a provocar, en caso de aprobarse este absurdo, más corrupción, abusos y violación de derechos por las visibles irracionalidades que plantea.
Nos queda claro que muchos intentos de legisladores jamás pisaron una escuela de Derecho, ni tampoco entienden en lo más elemental el funcionamiento del orden jurídico, y sin embargo, allí están, elaborando y aprobando leyes.
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