ColumnasDr. Guadalupe Estrada R.

La reversa es cambio.

Por: Dr. José Guadalupe Estrada

En el concepto de historia y evolución humana siempre está latente la idea de que un cambio implica una mejoría, perfeccionamiento o avance de las condiciones económicas, sociales, políticas, educativas, etcétera en que se vive. Sin embargo, podemos constatar día a día de que esta concepción de la realidad no siempre es correcta y que en el cambio también hay reversas.

En la columna de la semana pasada fijamos nuestra postura respecto de un mecanismo que se ha colocado en algunas casetas de cobro de autopistas del país, y que permiten dañar e inutilizar las llantas de aquéllos vehículos que no cubren la cuota correspondiente, considerando que hay un tipo de venganza privada no proporcional a la infracción que comete el chofer que se quiere pasar de listo.

Es necesario dar una explicación más precisa sobre este planteamiento porque pareciese que en la actualidad las actitudes sociales más generalizadas vendrían a apoyar exactamente lo contrario a lo que en aquéllos recientes ayeres anotamos.

En la historia del Derecho en general, y del Derecho Penal en particular, se ha pasado por seis etapas muy fácilmente diferenciadas por el modo y la justificación de proceder y castigar a los autores de lo que se considera en una época y lugar determinado como las conductas más dañinas para la sociedad: en la etapa de la “venganza privada” los particulares tomaban la ley en sus manos y castigaban de forma desproporcional y sin reglas al que causaba un daño a otro u otros, más adelante vino la llamada Ley del Talión, que estableció una proporcionalidad entre el perjuicio causado y el castigo impuesto; la “venganza divina”, donde se castiga al criminal por haber transgredido alguna disposición de origen divino; la “venganza pública”, donde los tribunales juzgan en nombre de la colectividad o del poder estatal por ser dañino para la sociedad en general o para el soberano, el daño causado por el delincuente; el “periodo humanitario”, donde con base en las ideas de la ilustración se da un trato más humano a los infractores y se excluyen suplicios y crueldades innecesarias, considerándose la peligrosidad del delincuente para la determinación del tipo de sanción a imponer; y, finalmente, la llamada “etapa científica” del Derecho Penal, donde el delito es una manifestación de la personalidad del delincuente y hay que readaptar a éste a la sociedad, tratando de corregir las causas que dieron origen a la conducta trasgresora, la pena no se considera como un castigo tendiente a provocar sufrimiento, sino a la readaptación del reo.

Según lo expuesto con anterioridad, el colocar dispositivos que reaccionen dañando la propiedad privada de un transgresor, en el caso anotado, de forma automática, sin juicio previo, y sin aviso, constituye una vuelta al pasado, a la primera etapa histórica del Derecho, donde los particulares y las familias tomaban en sus manos la justicia y se vengaban de manera asimétrica ante un mal que se causaba, o sea, la plena barbarie y un regreso franco al pasado salvaje. El gran problema que subyace en esta situación es el ejemplo generalizado que se da, es decir, tomar la justicia en propia mano.

Adicionalmente, en materia de comunicaciones terrestres y educación vial, uno puede determinar fácilmente el nivel de evolución de un país o sociedad ante la ausencia o presencia de estacas de fierro, bolas que separan los carriles, topes infernales, vados, enrejados, plumas, y hasta la existencia misma de las casetas de cobro.

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